Servicios Funerarios del ISSSTE: Velatorios, Precios y Apoyo por Gastos Funerarios

El ISSSTE ofrece dos tipos de ayuda ante el fallecimiento de un derechohabiente: los servicios de velatorio, disponibles en siete instalaciones a lo largo del país a precios accesibles tanto para derechohabientes como para el público en general, y el apoyo económico por gastos funerarios —también llamado pago de marcha—, que puede equivaler hasta a 4 meses de pensión o varios meses de salario del trabajador fallecido. Son dos prestaciones distintas que pueden tramitarse de forma independiente y que muchas familias desconocen hasta que más las necesitan.

Dos prestaciones distintas que debes conocer

Antes de entrar en detalle es fundamental distinguir entre las dos modalidades de apoyo funerario del ISSSTE, porque funcionan de forma independiente, tienen requisitos distintos y se tramitan en lugares diferentes.

Servicio 1

Velatorios del ISSSTE

Instalaciones físicas donde se prestan los servicios de velación, cremación y traslado. Disponibles para derechohabientes y para el público en general a precios diferenciados.

Trámite: presencial en el velatorio

Servicio 2

Apoyo por gastos funerarios (Pago de marcha)

Prestación económica que se entrega a quien sufragó los gastos del funeral del trabajador o pensionado fallecido. Equivale a 120 días de pensión o a meses de salario.

Trámite: presencial en Departamento de Pensiones

Velatorios del ISSSTE: servicios, precios y ubicaciones

El ISSSTE opera siete velatorios institucionales distribuidos en el territorio nacional. Estos centros ofrecen servicios funerarios completos a precios notablemente inferiores a los del mercado privado, con tarifas diferenciadas para derechohabientes y para el público en general. El servicio es de uso inmediato, es decir, no existe un plan de previsión funeraria: se contrata en el momento en que se necesita.

Precios actuales de los servicios de velatorio ISSSTE

ServicioPrecio derechohabientePrecio público general
Paquete básico de velación$3,269 MXN$4,903 MXN
Cremación$1,292 MXN$3,558 MXN
Traslado particular$3,850 MXN$3,850 MXN
Traslado oficial$4,303 MXN$4,303 MXN
Fosa en Parque Memorial (Naucalpan)Disponible solo para pensionadosNo disponible
infografía servicios funerarios issste

Nota sobre precios: Las tarifas pueden actualizarse cada ejercicio fiscal. Antes de acudir, llama al velatorio de tu ciudad para confirmar los precios vigentes. Los servicios adicionales como urnas, arreglos florales o esquelas tienen costos separados no incluidos en los paquetes base.

Ubicación de los velatorios del ISSSTE en México

Los siete velatorios institucionales del ISSSTE se encuentran en las siguientes ciudades. Si la defunción ocurre en una localidad sin velatorio del ISSSTE, el servicio de traslado permite llevar el cuerpo al velatorio más próximo.

Ciudad de México

Velatorio Central ISSSTE — Avenida Canal de Miramontes

Naucalpan, Estado de México

Parque Memorial ISSSTE — único con venta de fosas para pensionados

Guadalajara, Jalisco

Velatorio ISSSTE Guadalajara

Monterrey, Nuevo León

Velatorio ISSSTE Monterrey

Puebla

Velatorio ISSSTE Puebla

Mérida, Yucatán

Velatorio ISSSTE Mérida

Culiacán, Sinaloa

Velatorio ISSSTE Culiacán

Documentos necesarios para usar el velatorio del ISSSTE

Para contratar el servicio de velación o cremación en un velatorio del ISSSTE debes presentar en el mostrador de atención la siguiente documentación:

Si el fallecido era derechohabiente

  • Certificado de defunción (original)
  • Credencial del ISSSTE o constancia de vigencia de derechos del fallecido
  • Identificación oficial vigente del familiar o responsable
  • Talón de pago o comprobante de nómina del fallecido (si aplica)

Si el fallecido era público general

  • Certificado de defunción (original)
  • Identificación oficial vigente del familiar o responsable
  • CURP del fallecido (si se dispone de él)
  • Pago anticipado del servicio contratado

Qué hacer según dónde se produjo el fallecimiento

El primer paso antes de acudir al velatorio es obtener el Certificado de Defunción. El procedimiento varía ligeramente según dónde haya ocurrido el fallecimiento:

En clínica u hospital

Solicita al médico tratante o al Departamento de Patología del centro hospitalario que extienda el Certificado de Defunción. El hospital tiene la obligación de facilitarlo de forma inmediata.

En domicilio

Llama al médico tratante para que acuda a extender el Certificado. No muevas el cuerpo antes de tener el certificado: hacerlo puede derivar en que se declare caso médico legal, lo que complica y alarga significativamente el proceso.

Caso forense

En fallecimientos por causa violenta, accidente o causa desconocida interviene el Ministerio Público y el Semefo (Servicio Médico Forense). El Certificado de Defunción lo emite el forense asignado al caso. El traslado al velatorio no puede realizarse hasta que se complete el protocolo legal y se libere el cuerpo.

Verifica la vigencia de derechos antes de gestionar el servicio

Para acceder a las tarifas de derechohabiente en el velatorio del ISSSTE, puede solicitarse la Constancia de Vigencia de Derechos del fallecido. Descárgala gratis en segundos desde SINAVID.

Constancia de Derechos ISSSTE

El apoyo económico por gastos funerarios del ISSSTE

Más allá de los servicios de velatorio, el ISSSTE tiene establecida una prestación económica para compensar a quien haya sufragado los gastos del funeral de un trabajador o pensionado fallecido. Esta ayuda se conoce oficialmente como pago de gastos funerarios y en el lenguaje cotidiano como pago de marcha. Es una prestación legal amparada en el artículo 138 de la Ley del ISSSTE y muchas familias no la solicitan simplemente porque no saben que existe.

Dato clave: el plazo para reclamarlo es de 5 años

Tienes hasta 5 años desde la fecha del fallecimiento para iniciar el trámite. Sin embargo, hay una condición crítica e inflexible: la factura de los gastos funerarios debe haber sido expedida en el mismo mes y año del fallecimiento. Si no dispones de esa factura con esa fecha, el trámite no prospera aunque el resto de la documentación esté completa.

Una vez presentada la documentación completa, el ISSSTE tiene un plazo máximo de 90 días hábiles para realizar el pago.

Cuánto paga el ISSSTE por gastos funerarios

El monto varía según si el fallecido era pensionado o jubilado, o si era trabajador activo. Son dos cálculos distintos establecidos por la propia Ley del ISSSTE:

Fallecimiento de pensionado o jubilado

120 días

El pago equivale al importe de 120 días de pensión (4 meses) que cobraba el pensionado. Si el fallecido disfrutaba de dos o más pensiones, el cálculo se realiza sobre la más alta de ellas.

Ejemplo: Si la pensión mensual era de $10,000 pesos, el pago de marcha sería de $40,000 pesos.

Fallecimiento de trabajador activo

Variable

El monto para trabajadores activos es considerablemente mayor que el de pensionados y varía según la entidad federativa y el nivel salarial. En muchos casos puede superar varios meses de salario del trabajador fallecido.

Consulta el monto exacto directamente en el Departamento de Pensiones de tu delegación del ISSSTE.

Quién puede solicitar el pago por gastos funerarios

La prestación puede ser solicitada por cualquier persona que haya cubierto los gastos del funeral, no necesariamente un familiar directo. Lo determinante es poder acreditar que fuiste quien pagó los gastos mediante la factura original. La ley denomina a esta figura como «la persona distinta al pensionado que se hizo cargo de los gastos».

1

Cónyuge o concubino/a

El familiar más cercano que habitualmente asume los gastos del funeral.

2

Hijo/a o ascendiente

Hijo, padre, madre u otro familiar directo que haya sufragado los gastos.

3

Cualquier otra persona

Amigo, vecino o cualquier tercero que demuestre haber pagado los gastos con la factura original a su nombre.

Documentos necesarios para el pago de gastos funerarios

Los requisitos documentales varían ligeramente según si el fallecido era pensionado o trabajador activo. A continuación tienes la lista completa para cada caso.

DocumentoPensionado fallecidoTrabajador activo fallecido
Acta de defunción original (y 2 copias)RequeridoRequerido
Certificado de defunción (copia)RequeridoRequerido
Factura original de gastos funerarios a nombre del solicitante, expedida en el mes y año del fallecimientoRequeridoRequerido
Identificación oficial vigente del solicitante (INE, pasaporte o cédula)RequeridoRequerido
CURP del solicitanteRequeridoRequerido
Credencial de pensionado emitida por el ISSSTE (original)RequeridoNo aplica
Reporte de cheques cancelados por fallecimiento (lo gestiona la Tesorería del ISSSTE)RequeridoNo aplica
Último comprobante de nómina del trabajador (no mayor a 3 meses)No aplicaRequerido
Constancia de situación fiscal del SAT del solicitante (actualizada)RecomendadoRecomendado
Comprobante bancario con CLABE a nombre del solicitanteRequeridoRequerido

El dato más crítico de toda la documentación: La factura de los gastos funerarios debe estar expedida a nombre de quien solicita el pago (no a nombre del fallecido) y debe corresponder al mismo mes y año del fallecimiento. Este requisito es completamente inflexible. Si la factura fue emitida en un mes diferente, el trámite será rechazado aunque el resto de la documentación esté perfecta.

Paso a paso para tramitar el pago de gastos funerarios

1

Obtener el Certificado de Defunción y el Acta de Defunción

El Certificado lo extiende el médico tratante o el forense. El Acta de Defunción la emite el Registro Civil del municipio donde ocurrió el fallecimiento. Necesitas el original y al menos dos copias certificadas del Acta.

2

Guardar la factura original de los gastos funerarios

Al contratar el servicio funerario (ya sea en el velatorio del ISSSTE o en una funeraria privada), solicita la factura fiscal a tu nombre. Asegúrate de que la fecha de emisión corresponde al mes y año del fallecimiento. Esta factura es el documento más importante de todo el trámite.

3

Si el fallecido era pensionado: gestionar el Reporte de Cheques Cancelados

Acude a la Tesorería de la Delegación del ISSSTE correspondiente y solicita el Reporte de Cheques Cancelados por Fallecimiento. Este documento acredita que el ISSSTE ya suspendió el pago de la pensión del fallecido y es imprescindible para continuar con el trámite del pago de marcha.

4

Acudir al Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene del ISSSTE

Presenta toda la documentación completa en el Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene de la Delegación del ISSSTE más cercana a tu domicilio. El personal revisará los documentos e iniciará el expediente. No se requiere cita previa, aunque es recomendable llamar antes para confirmar horarios.

5

Recibir el depósito en tu cuenta bancaria

Una vez validado el expediente, el ISSSTE tiene un plazo máximo de 90 días hábiles para realizar el depósito en la cuenta bancaria con CLABE que hayas proporcionado. Si transcurrido ese plazo no recibes el pago, acude nuevamente al Departamento de Pensiones con el número de expediente para conocer el estado del trámite y exigir la resolución.

Qué ocurre con la pensión del fallecido tras el trámite

El fallecimiento de un pensionado del ISSSTE activa, además del pago de gastos funerarios, otro conjunto de trámites relacionados con la pensión de orfandad y la pensión de viudez para los beneficiarios que el pensionado tuviera registrados. Estos son trámites independientes del pago de marcha y deben iniciarse también en el Departamento de Pensiones de la Delegación del ISSSTE. Los beneficiarios con derecho a pensión de viudez u orfandad deben solicitarla dentro de los plazos establecidos para no perder el derecho.

Calendario y calculadora de pensión ISSSTE

Para calcular el monto del pago de marcha de un pensionado fallecido (120 días de pensión), necesitas conocer el importe exacto de la pensión. Consulta el calendario de pagos y la calculadora de pensión del ISSSTE.

Calendario de pagos Calculadora de pensión

Diferencias entre el velatorio del ISSSTE y una funeraria privada

Usar el velatorio del ISSSTE no es obligatorio para poder solicitar el pago de gastos funerarios. El apoyo económico se entrega independientemente de dónde se haya realizado el servicio, siempre que se cuente con la factura correspondiente. Sin embargo, conocer las diferencias entre usar el velatorio institucional o una funeraria privada puede ayudarte a tomar la mejor decisión en un momento de urgencia.

AspectoVelatorio del ISSSTEFuneraria privada
Paquete básico de velación$3,269 (derechohabiente)$8,000 – $30,000 (variable)
Cremación$1,292 (derechohabiente)$5,000 – $15,000 (variable)
Cobertura geográfica7 ciudades en MéxicoDisponible en todo el país
Disponibilidad horaria24 horas, los 365 días del año24 horas en la mayoría de los casos
Factura válida para pago de marchaSí, si cumple requisitos fiscales
Traslado desde otra ciudadDisponible (costo adicional)Disponible (costo adicional)
Venta de fosasSolo en Parque Memorial (Naucalpan), solo para pensionadosDisponible según funeraria

Gestiona tus trámites ISSSTE desde el móvil

La app ASISSSTE te permite consultar tu expediente, descargar la Constancia de Derechos y acceder a otros servicios del ISSSTE sin acudir presencialmente. Muy útil antes de iniciar cualquier trámite.

Cómo funciona la app ASISSSTE

Preguntas frecuentes sobre los servicios funerarios del ISSSTE

¿El pago de marcha y el apoyo por gastos funerarios son lo mismo?

Sí. Son dos nombres para la misma prestación económica establecida en el artículo 138 de la Ley del ISSSTE. Oficialmente se denomina pago de gastos funerarios, pero en el lenguaje coloquial y en muchas delegaciones del ISSSTE se conoce como pago de marcha. Equivale a 120 días de pensión en el caso de pensionados fallecidos.

¿Puedo usar una funeraria privada y aun así recibir el apoyo del ISSSTE?

Sí. El apoyo económico por gastos funerarios del ISSSTE no exige que el servicio se haya contratado en un velatorio institucional. Puedes usar cualquier funeraria privada. Lo único que necesitas es la factura original con requisitos fiscales a tu nombre, expedida en el mismo mes y año del fallecimiento, independientemente de quién prestó el servicio.

¿Qué pasa si no guardé la factura de los gastos funerarios?

Sin la factura original el trámite no puede prosperar. Es el requisito más crítico e inflexible de la documentación. Si contrataste el servicio en un velatorio del ISSSTE, puedes intentar solicitar un duplicado en el propio centro, aunque no está garantizado. Si fue en una funeraria privada, contáctala para solicitar la reemisión de la factura, teniendo en cuenta que debe figurar la fecha original del servicio. Si la factura fue emitida a nombre del fallecido en lugar de a tu nombre, el trámite tampoco prosperará.

¿En cuántos días hábiles paga el ISSSTE el apoyo funerario?

El ISSSTE tiene un plazo oficial máximo de 90 días hábiles desde la presentación de la documentación completa para realizar el depósito. En la práctica muchos trámites se resuelven antes, pero el plazo legal es ese. Si transcurridos los 90 días hábiles no has recibido el pago, acude al Departamento de Pensiones con tu número de expediente para conocer el estado del trámite y exigir la resolución.

¿Puedo solicitar el pago de marcha si el fallecido era trabajador activo?

Sí. El apoyo económico aplica tanto para pensionados y jubilados como para trabajadores activos del ISSSTE en el momento del fallecimiento. El monto para trabajadores activos es variable según la entidad federativa y el nivel salarial, y en muchos casos resulta mayor que el cálculo de los 120 días de pensión que se aplica a los pensionados. Consulta el importe exacto en el Departamento de Pensiones de la Delegación del ISSSTE correspondiente.

¿Tienen derecho a los servicios funerarios del ISSSTE los familiares derechohabientes?

Los velatorios del ISSSTE pueden usarse cuando fallece cualquier derechohabiente, sea el trabajador titular o un familiar beneficiario registrado (cónyuge, hijo, ascendiente). Sin embargo, el apoyo económico por gastos funerarios (pago de marcha) solo aplica cuando fallece el titular del derecho: el trabajador activo, el pensionado o el jubilado. El fallecimiento de un familiar derechohabiente no da derecho a la prestación económica, aunque sí permite usar el velatorio institucional a tarifas reducidas.

Otras prestaciones económicas del ISSSTE

Si eres trabajador activo o pensionado, el ISSSTE también ofrece préstamos personales con tasas desde el 10% anual y montos de hasta $275,000 pesos. Sin sorteo y con asignación semanal directa desde 2026.

Préstamos Personales del ISSSTE

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